lunes, 12 de septiembre de 2011

ANDAMIO.- IRRACIONAL Y FORMAL.

DERECHO IRRACIONAL -FORMAL
Corresponde desde una perspectiva histórica con el tipo ideal del derecho revelado, Por una parte carece de prevesibilidad y su calculabilidad de sus decisiones y por otra parte está acompañado de un rígido formalismo en cuanto al desarrollo de sus procedimientos y criterios de decisión, no se distingue en la práctica del rito religioso o de las precepciones morales.
Diferencias entre irracional formal y material :

El formal se basa en oráculos  y el material en las emociones y sentimientos personales del juez.
DERECHO IRRACIONAL -MATERIAL
Esto es cuando el legislador o el juez no observan normas generales, si no que actúan arbitrariamente o en base de valoraciones puramente emocionales y personales referidas al caso concreto.  Surge exclusivamente de valoraciones personales de naturaleza ética y efectiva.  El modo que ha servido a weber como tipo ideal de derecho irracional – material es “ La justicia de cadi”
DERECHO RACIONAL FORMAL
El tipo ideal weberiano del derecho racional-formal cuando afirma que “ la racionalidad formal del derecho coincide con normas abstractas ,de las que sea posible derivar, a través de un procedimiento de interpretación lógica, la decisión del caso singular, este derecho presenta siempre un elevado grado de calculabilidad.
Diferencias entre el racional formal  y material:

El formal se basa en meramente lo jurídico y el material , las decisiones se basan en imperativos éticos y las reglas de convivencia.
DERECHO RACIONAL MATERIAL
Este tipo de derecho existe cuando en la decisión de los problemas jurídicos influyen ciertas normas, cuya dignidad cualitativa es diversa de la que le corresponde a las generalizaciones lógicas, que se basan en una interpretación abstracta, se trata de mandatos  de contenido general, es un derecho calculable que apela a criterios de decisión externos al sistema jurídico.

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